Carta Verde

Certificado Internacional de Seguro (CIS, antigua Carta Verde)

La Carta Internacional de los Seguros de Vehículos de Motor (CIS), anteriormente conocida como Carta Verde, es un documento expedido por la compañía de seguros que certifica que el portador de la misma cuenta con un Seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria vigente en caso de que se produzca un siniestro mientras el titular de la misma se encuentra fuera del territorio español.

Al portar el CIS del coche o de la moto se determina que el vehículo cuenta con una cobertura para hacer frente a los daños y perjuicios, materiales o físicos, que el automóvil pueda ocasionar a terceras personas de forma involuntaria mientras circula por vías urbanas o interurbanas de los países suscritos a un acuerdo específico.

Dentro de estos países, se diferencia entre aquellos en los que se puede circular sin la obligatoriedad de llevar el CIS, y aquellos en los que sí es obligatorio:

  • No es necesario llevar este documento si se circula en países dentro del Convenio Multilateral de Garantía (CMG). Estos países son aquellos que están dentro del Espacio Económico Europeo, así como otros países adheridos al convenio. Son los siguientes: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Francia, Finlandia, Reino Unido, Irlanda del Norte, Irlanda, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, Serbia, Suecia, Suiza y Montenegro.
  • Sin embargo, sí es necesario llevarlo para los siguientes países: Albania, Azerbaiyán, Marruecos, Macedonia Moldavia, Túnez, Turquía, y Ucrania.

Solicitar el CIS para tu seguro

En caso de viajes en automóvil fuera del ámbito de Espacio Económico Europeo, el asegurado tiene la posibilidad de solicitar la expedición del CIS a la compañía con la que tenga contratado su seguro de coche o moto y que debe de complementarse con el documento de identidad y el carné de conducir. Cuando el viaje no sea al extranjero o a países dentro del EEE, el CIS no es necesario, pues basta con circular portando la póliza del seguro.

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